Un contribuyente recupera los impuestos por la transmisión de su propiedad

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Un contribuyente recupera los impuestos por la transmisión de su propiedad

Un tribunal falla a favor de un contribuyente que había pagado impuestos por la transmisión de su propiedad sin beneficio patrimonial. El precedente que el Tribunal Constitucional sentenció en Álava y Guipúzcoa sobre la plusvalía municipal aún se sigue pasando por alto en el territorio español. Sin embargo, un vecino de Torrelodenos (Madrid) ha ganado un recurso y le han devuelto 9.200 euros ya que ha demostrado pérdidas en la transmisión de sus inmuebles.

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El pasado 17 de febrero el Tribunal Constitucional declaró ilegal el impuesto de plusvalía cuando no había ganancias. Es decir, cuando pasa de manos una propiedad es injusto pagar impuestos si su valor ha caído. Este tributo de traspaso de propiedades por compraventa o herencia sigue siendo la mayor fuente de recaudación de los Ayuntamientos. Por tanto, las arcas municipales se verían afectadas por la sentencia del Constitucional dado que se debería aplicar a todo el territorio estatal y los contribuyentes tendrían más herramientas para defender su economía.

De todos modos, los Ayuntamientos siguen abusando de la plusvalía municipal dado que aplican el porcentaje máximo permitido del impuesto entre el 25% y el 30% (el rango es del 15-30%). Además, obvian la sentencia del Constitucional. Dado que no hay una reforma estatal que regule los nuevos mecanismos, los contribuyentes no tienen tantas facilidades de recurrir la valoración de su patrimonio sin acudir a la vía judicial por una imposición injusta de la transmisión.

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El Ayuntamiento aplica el impuesto a cada una de las viviendas que se transmiten en la ciudad o municipio.

El Gobierno ya ha aclarado que se hará lo posible para detener esta capacidad confirmatoria cuando no hay beneficio. De hecho, desde el Consejo de los Diputados se plantea devolver las cantidades que han sido mal gestionadas. Los contribuyentes deberán, por ahora, más atención al valor de su propiedad. Los ciudadanos tendrán que recurrir, por su cuenta, una imposición cuando no su propiedad genere beneficio.

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